España exigirá tercera dosis como requisito para ingresar al país

por Alexis Ng C.
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Desde el primero de febrero de 2022 los turistas tendrán que tener la dosis de refuerzo o tercera vacuna contra la Covid-19 para ingresar a España.

El gobierno español ha impuesto nuevas condiciones de entrada al país para todos los viajeros, debido a que el mundo se encuentra en una nueva  ola de casos de la Covid-19 debido a la rápida propagación de la variante Ómicron.

El ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, publicó que desde el primero de febrero de este año los turistas extranjeros tendrán que tener la dosis de refuerzo  contra la Covid-19.

«Se deberá contar con la dosis de refuerzo cuando hayan transcurrido más de 270 días desde la última dosis de la pauta completa», indica la medida publicada en exteriores.gob.es

Puede ver más detalles en este enlace: Requisitos para viajar a España.

Dosis de refuerzo COVID-19

La entrada a España está condicionada así para todos los viajeros, y solo se permitirá la entrada a las personas que estén vacunadas con la tercer dosis, aplicada con un mínimo de 14 días de haberla recibido.

Igualmente se les recomienda a todos los viajeros, que siempre estén pendientes de cualquier cambio que se publique tanto en el país de origen, tránsito (si existiese) y destino.

Entre las medidas que se mantienen vigente es que todo pasajero (español o extranjero) deberá completar antes de emprender su viaje a España el formulario de control sanitario  (código QR), a través de la dirección de internet www.spth.gob.es o mediante la aplicación gratuita Spain Travel Health-SpTH.

Todo pasajero (español o extranjero) con destino final España a su llegada deberá someterse a un control sanitario (toma de temperatura, control documental y control visual).

Los menores de doce años no deberán presentar ninguna certificación, salvo el Formulario de Control Sanitario (código QR) (Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica la de 4 de junio de 2021, BOE 9 de junio de 2021).

Mientras que los pasajeros en tránsito quedará exento de la realización del control sanitario, cuando el tránsito se realice en el mismo recinto aeroportuario. No obstante, si el pasajero pasase por un control sanitario se podrá verificar que dispone de un código QR específico para “pasajeros en tránsito” (Transit).

Los pasajeros (españoles o extranjeros) procedentes de un país o zona de riesgo, incluido Panamá, que pretenda entrar en España, tendrán que presentar:

Certificación de vacunación que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra Covid-19.

Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta completa siempre y cuando no haya transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta (2/2). A partir del 1 de febrero de 2022, si hubieran transcurrido 270 días desde última dosis de la pauta completa (2/2 // mono-dosis), el certificado de vacunación expedido por la autoridad competente del país de origen deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo (3/3). 

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