La aerolínea aclaró que la prórroga de suspensión de los vuelos internacionales comerciales, no afectará las operaciones de vuelos en tránsito y para traer a nacionales y residentes que se tienen programadas, según el nuevo Centro de operaciones controladas.

Los vuelos de la aerolínea Copa Airlines para tránsito y conexión iniciados el 14 de agosto, así como para traer a nacionales y residentes en Panamá no se verán afectados por la medida que prorroga la suspensión de los vuelos internacionales comerciales por 30 días más, a partir del 22 de agosto a las 11:59 p.m. y hasta el 21 de septiembre.

Copa Airlines aclaró que el decreto de suspensión exceptúa los vuelos internacionales de Aviación Comercial de Pasajeros y de Aviación General de Pasajeros que operen bajo las reglas, condiciones y procedimientos establecidos en el Decreto No. 300 del 31 de julio de 2020, que establece el Centro de Operaciones Controladas, para la interconexión de la Aviación Comercial Internacional.

Por lo tanto la aerolínea confirmó que mantendrá la operación de vuelos anunciada para los meses de agosto y septiembre, a través del Hub de las Américas, ubicado en Ciudad de Panamá. Estos vuelos operarán bajo las reglas, condiciones y procedimientos establecidos en el Decreto Ejecutivo en mención del mini hub para operaciones controladas.

Indicaron además que para pasajeros con destino final Panamá, la aerolínea seguirá los lineamientos establecidos en la Resolución No.766 del 13 de agosto de 2020 del Ministerio de Salud, que establece medidas sanitarias a los pasajeros que ingresen a la República de Panamá, mientras se mantenga el Estado de Emergencia Nacional.

En dicho documento, el Órgano Ejecutivo ha definido las restricciones para la entrada al territorio Nacional de los panameños y extranjeros residentes en Panamá, en vuelos previamente autorizados por el Ministerio de Salud.

Conforme la mencionada Resolución, indican que se establecen las siguientes medidas sanitarias que se deberán cumplir para el ingreso a la República de Panamá de panameños y residentes extranjeros:

  1. Presentar a la Aerolínea el Certificado de Prueba de Hisopado/PCR o antígenos negativa con un máximo de cuarenta y ocho (48) horas previo al abordaje del vuelo del país de procedencia .
  2. Firmar una aceptación en la declaración jurada, proporcionada por la Aerolínea, mediante la cual el pasajero se compromete a:
  • Cumplir con las medidas de control sanitario y protocolos de salud que disponga el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud.
  • La utilización de la aplicación para el monitoreo de aparición de síntomas y confirmación de cuarentena u otras medidas que disponga el MINSA para la debida trazabilidad del pasajero
  • Facilitar el teléfono fijo de la residencia donde realizará la cuarentena

Los nacionales y residentes de Panamá que deseen viajar en los vuelos que ofrece Copa Airlines podrán realizar su reserva ingresando a Copa.com o contactando al Centro de Reservaciones de la Aerolínea. Los pasajeros que poseen un boleto vigente con Copa Airlines podrán gestionar cambios de fecha sin cobro de cargos por cambios. Todos los pasajeros deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Aerolínea y las autoridades sanitarias y migratorias de Panamá y el país de destino”.

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