Lo que debes saber sobre la visa a México para los venezolanos y quiénes están exentos

por informeaereo
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A partir del 21 de enero de 2022 los venezolanos requieren visa para viajar a México en la calidad de Visitante. Quienes tengan Visa vigente de Estados Unidos, Canadá, o Reino Unido entre otros países y residencia de ciertas naciones, no necesitan solicitar el permiso para ingresar a México. 

Los ciudadanos de nacionalidad venezolana tendrán que solicitar una visa para ingresar a México desde el 21 de enero de 2022 según la resolución publicada el 06 de enero por la Secretaria de Gobernación de ese país. 

La medida busca reducir el flujo migratorio ilegal desde México hacia Estados Unidos, que se ha incrementado en el último año.  «La tendencia creciente del flujo migratorio de nacionales de la República Bolivariana de Venezuela en tránsito irregular hacia un tercer país, representando un incremento en más del mil por ciento, en comparación con el mismo periodo en los cinco años previos; además se resalta el incremento en declaraciones falsas sobre sus motivos de viaje, la diversificación de rutas de tránsito y la identificación de algunos delitos asociados a la movilidad internacional, como la trata de personas y el tráfico de migrantes, lo cual refleja un uso inadecuado de la medida de facilitación con distintos impactos».

Indica la resolución que debido a esto los Estados Unidos Mexicanos han determinado de manera unilateral la aplicación de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de la República Bolivariana de Venezuela que pretendan ingresar al país como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Recomiendan no comprar pasajes antes de procesar la visa

Según la embajada de México en Panamá, los trámites de visa se ejecutan de forma personal por lo que hacen un llamado a no caer en engaños y fraudes de gestores.

Igualmente indican que todos los trámites de visas se atenderán exclusivamente mediante cita, la cual es gratuita y deberá generar únicamente la persona interesada a través del portal de MEXITEL. En ese portal los interesados deben seleccionar la opción de VISAS «CON PERMISO» o «SIN PERMISO» del INM, según sea el caso. 

Una vez agendada la cita las personas deben traer consigo el comprobante de citas que arroja el sistema MEXITEL que contiene su número de FOLIO.

La embajada recomienda no adquirir pasajes aéreos ni incurrir en ningún tipo de gastos que no puedan ser reembolsados en caso de que la visa no sea aprobada. 

Indican además que la entrevista consultar no garantiza la emisión de la vida.  «El ingreso a México, aún con Visa está sujeto a la decisión de las autoridades migratorias mexicanas en el puerto de entrada». 

Requisitos para solicitar la visa de visitante a México:

I. Pasaporte válido y vigente, en original y copia

II. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte (4.5 cm de largo x 3.5 de ancho), con fondo blanco y de frente. NO SE ACEPTARÁN FOTOS QUE NO CUMPLAN CON ESTAS DIMENSIONES Y NO SE PODRÁ CONTINUAR CON SU TRÁMITE.

III. Original y copia del documento que acredite su legal estancia en Venezuela (cédula y visa vigente)

IV. Pago de derechos por la expedición de visa, de conformidad con la Ley Federal de Derechos. El costo es de $47 según este enlace: Tarifas 2022.

V. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a. Arraigo:

1.- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles a nombre del solicitante y constancia de empleo estable (antigüedad mínima de dos años), o

2.- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles (antigüedad mínima de dos años) y documento que acredite propiedad o participación en negocios (antigüedad mínima de dos años); o

b. Solvencia económica:

1.- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión durante los últimos tres meses y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de un año, o

2.- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias durante los últimos tres meses, o

3.- En el caso de personas extranjeras que estudien de manera regular en instituciones de educación superior, deberán presentar original de constancia de estudios y original de constancia de empleo estable, pensión o beca durante los últimos tres meses; o

Tome en consideración que los estados de cuenta que se descargan de los portales de internet de los bancos no es posible distinguirlos de copias simples. Por ello, como alternativa, y a reserva de que se revise, solicite una referencia bancaria original sellada y firmada por el banco, con datos de contacto de la institución, y en la cual se mencionen los saldos promedios, así como los estados de cuenta sellados y firmados en todas sus hojas, especialmente en donde aparezcan los saldos promedios del mes.

c. Invitación de una organización o de una institución pública o privada. (NO/NO es aplicable entre particulares)

1.- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:

Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
Denominación o razón social de la organización;
Número de registro oficial, según corresponda;
Objeto de la organización o institución privada o pública;
Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia,
Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.
La organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas durante los últimos doce meses. Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.

2.- Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.

QUIENES NO REQUIEREN VISA

No requerirán visa los extranjeros que sean beneficiarios de alguna de las facilidades migratorias que otorga el Gobierno de México, mismas que son aplicables a portadores de pasaporte ordinario y a portadores de pasaporte no ordinario:

  1. Visa válida y vigente de entradas múltiples de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.
  2. Tarjeta de residente permanente en Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Perú o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.

Cabe destacar que las facilidades se refieren a portadores de “visa válida y vigente” o que el extranjero demuestre documentalmente que cuenta con residencia permanente en los países o regiones mencionados. Las personas con residencia temporal o con otra calidad migratoria requieren visa. Los portadores de laissez-passer en cualquier caso requerirán visa.

Se advierte que independientemente de su nacionalidad, la internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades migratorias en el puerto de entrada, no de la Embajada, quienes podrá revisar el motivo de su viaje, reservaciones de hotel, itinerarios de viaje que puede incluir la documentación que acredite su salida del país, carta invitación en caso de que proceda, actividades que desarrolla en su país de origen, etc. Para mayor información, puede contactar al Instituto Nacional de Migración en: https://www.gob.mx/inm#1839 

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