El Decreto extiende, hasta el 2021, el periodo del incentivo de 100% de reembolso del peaje del tránsito por el Canal a las compañías de cruceros, cuyo puerto base (home port) sea en territorio panameño.
Como parte de la estrategia de reactivación económica del Gobierno Nacional, el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, y el ministro de Comercio e Industrias (MICI), Ramón Martínez, firmaron el Decreto Ejecutivo #274 del 11 de noviembre de 2020, publicado en Gaceta Oficial, que establece incentivo a cruceros.
Tomando en cuenta la paralización de la industria del turismo en el año 2020, a nivel mundial, el Decreto extiende, hasta el 2021, el periodo del incentivo de 100% de reembolso del peaje del tránsito por el Canal a las compañías de cruceros, cuyo puerto base (home port) sea en territorio panameño.
El Decreto, que modifica el artículo 1 del Decreto No. 35 del 12 de junio de 2019, otorga un incentivo de promoción turística a las líneas de cruceros que establezcan su puerto base en puertos panameños, con el reembolso del pago del peaje correspondiente a un tránsito por la vía canalera, para cada operación que realice la empresa de crucero con puerto base en Panamá, según tarifa vigente establecida por la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
El beneficio del reembolso del costo de tránsito por el Canal, según el nuevo Decreto, se definirá mediante una tabla de porcentajes y según la fecha de operación del crucero, que deberá comprobar que un mínimo del 80% de los pasajeros embarcados sean internacionales.
Se reembolsa el pago de peaje en un 100% a los cruceros que transiten, por la vía acuática, del 1 de noviembre del 2020 al 31 de diciembre de 2021.
En tanto, para las operaciones que se realicen durante el 2022, se le reconocerá el 90% del reembolso, en el 2023, el 80% y en el 2024, el 70% del costo del peaje por el Canal.
El reembolso o los fondos serían aportados por la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) a las líneas de cruceros que reciban el incentivo, al establecer su puerto base en Panamá.
El retorno a la inversión se justifica basado en que un pasajero promedio se hospeda 2 días en Panamá, según las estadísticas del puerto base de Pullmantur en Colón, los últimos años.
Una sola operación de un crucero de 2,500 pasajeros, representaría una inyección económica directa de $1.75 millones al país, basado en el gasto promedio por turista de $232.00, según la Contraloría General de la República. A esto, se le sumaría la provisión y abastecimiento de productos que realice la línea de cruceros, según se contempla en la modificación anterior realizada, a través del Decreto Ejecutivo 73 del 6 de febrero de 2020.
El ministro del MICI señaló que siendo el turismo, una de las actividades más importantes para la reactivación de la economía, el Decreto será un apoyo importante para lograr esta reactivación.
“Teniendo a líneas de cruceros con su puerto base en Panamá, los turistas tendrán la oportunidad de conocer el país antes de desembarcar o embarcar el crucero; podrán ir de compras, degustar la exquisita comida panameña e internacional, hospedarse en nuestros hoteles, entre otras actividades, lo que dinamizará la economía y generará empleos».
Iván Eskildsen, administrador general de la ATP, manifestó, por su lado, que el Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020-2025 reconoce un gran potencial para el desarrollo del producto de cruceros, tanto de mega cruceros (sobre todo como puerto base), como de pequeños cruceros.
Destacó que el segmento de pequeños cruceros apoyaría la visión de convertir a Panamá en un destino turístico sostenible de clase mundial. «Para esta subcategoría Panamá es un destino exótico, desconocido, poco masificado y auténtico y permite recorrer nuestras costas en mayor detalle y, por tanto, repartir los impactos a lo largo de más destinos”.
Además, aseguró que los lugares más beneficiados por este tipo de visitante podrían ser el Golfo de Chiriquí, Pacífico Veragüense – Coiba, Golfo de Montijo – Mariato, Pedasí – Tonosí, Las Perlas, Sambú y Guna Yala.
Fuente: nota de prensa e imágenes de la ATP