La norma establece que los pasajeros sin el test deben notificarlo al momento del control migratorio y guardar la cuarentena mientras esperan el resultado

El gobierno colombiano aprobó una nueva resolución que permite a los viajeros internacionales que ingresen al país realizarse la prueba de PCR.

El anuncio lo hizo el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, quien explicó que la Resolución 002 tiene en cuenta el fallo emitido en diciembre pasado por el Juzgado 11 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, que exige previo al embarque del país de origen la prueba de PCR con resultado negativo y que aquellas personas que tengan una prueba tomada por un término superior a 48 horas, aunque sea resultado negativo, se sometan al aislamiento preventivo de 14 días.

En cambio, la Resolución 002 establece que se debe permitir el embarque de viajeros que en el país de origen no presenten prueba PCR cuando manifiesten verbalmente que tuvieron dificultades para tomarla o para obtener el resultado en el término exigido previo al vuelo; para estos efectos será suficiente la manifestación verbal del pasajero, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad de juramento.

“La persona al abordar el avión manifiesta que no tuvo posibilidad de tomarse la prueba, llega al país y se hace la prueba manteniendo aislamiento mientras llega el resultado de la misma. Facilita el proceso y permite que no haya problema a la llegada al país”, dijo el ministro de Salud.

En estos casos, el pasajero deberá informar al Oficial de Migración al momento del control migratorio si cuenta con la prueba PCR con resultado negativo para Covid–19 practicada dentro de las 96 horas anteriores al embarque o si opta por: realizarse la referida prueba en Colombia y hacer el aislamiento preventivo hasta que tenga un resultado negativo de la misma o realizar el aislamiento preventivo de 14  días o durante el término que señale la autoridad sanitaria, en caso de optar por no hacerse la prueba en Colombia.  También deberá informar la dirección en la que guardará el aislamiento preventivo.  “De estas manifestaciones quedará constancia en el sistema migratorio”, se lee en el acto administrativo.

El pasajero podrá guardar los días de cuarentena en su lugar de residencia o un lugar de hospedaje. El valor de la prueba PCR y los costos derivados del aislamiento preventivo estarán a cargo del viajero. La Secretaría de Salud del lugar de desembarque y/o destino estará encargada de verificar que el viajero guarde el aislamiento preventivo.

“Estaremos revisando la situación epidemiológica del país y determinaremos si habrá nueva decisión en el futuro, pero tendremos funcionando este lineamiento”, informó el ministro.

Entretanto las aerolíneas como Copa Airlines informaron de los nuevos requisitos para viajeros con destino a Colombia: 

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